El Cinturón Occidental Ambiental (COA) como proceso de articulación de organizaciones sociales y ambientales que construimos Territorios Sagrados para la Vida en las majestuosas montañas del suroeste de Antioquia, nos pronunciamos ante la opinión pública:
El pasado 12 de septiembre de 2020, habitantes de Jericó (Ant), colocaron banderas en las fachadas de las casas del pueblo, como manifestación contra el proyecto de la multinacional minera ANGLOGOLD ASHANTI de convertir al Suroeste Antioqueño en un DISTRITO MINERO. Se aclara, que los ciudadanos solicitaron y obtuvieron permiso de los residentes de las casas para colgar las banderas; pero resulta indignante que a media noche una patrulla de la policía dirigida por un funcionario de la alcaldía las quitará. Conmociona que esto pase a pocos días de la visita de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales.
Lo sucedido es un total abuso de autoridad, pues dichas banderas no tienen ningún fin comercial, no es publicidad, ni avisos comerciales; son actos de protesta amparados constitucionalmente, se reitera que en ningún caso encuadran dentro de la definición de acto de comercio y no tiene esa finalidad.
Por otro lado, es importante mencionar que estos hechos de la administración Municipal no son aislados, pues en una circular informativa de junio 06 de 2014, se utilizan los mismos argumentos, indicando que quitaban estas banderas en aquella época «atendiendo un requerimiento de la Procuraduría General de la Nación» frente a la «contaminación visual» por «publicidad» en contra de la minería.
Le solicitamos a la Administración Municipal en cabeza de su alcalde David Alonso Toro Cadavid, que se abstenga de vulnerar derechos fundamentales, pues esta conducta que ha sido utilizada en administraciones pasadas, vulnera de manera flagrante la libertad de expresión, pues es sabido que uno de los elementos normativos contenidos en el artículo 20 de la Constitución Política frente a la libertad de expresión en -stricto sensu, consiste en la libertad de expresar y difundir el propio pensamiento, opiniones, informaciones e ideas, sin limitación de fronteras y a través de cualquier medio de expresión -sea oral, escrito, impreso, artístico, simbólico, electrónico u otro de elección de quien se expresa-, y el derecho a no ser molestado por ellas-.
La Administración Municipal y su alcalde deben comprender que esta protección no solo es constitucional, sino que ha sido reiterada por diversos tratados internacionales. La Convención Americana protege las expresiones realizadas a través de cualquier medio, forma o canal de comunicación. En efecto, el artículo 13 dispone que el derecho a la libertad de expresión abarca el «buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección». La CIDH en su Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión ha precisado que esta disposición se refiere a la expresión de las personas «en todas sus formas y manifestaciones […] por cualquier medio de comunicación».
En palabras de la CIDH, «esta presunción general de cobertura de todo discurso expresivo se explica por la obligación primaria de neutralidad del Estado ante los contenidos, y como consecuencia, por la necesidad de garantizar que, en principio, no existan personas, grupos, ideas o medios de expresión excluidos a priori del debate público»
¿Nos preguntamos si acaso a la administración municipal de Jericó se le olvidan exigencias básicas de un Estado Social de Derecho como son la participación, el pluralismo y la tolerancia? Postulados inherentes que vigorizan la democracia, además se insiste que esta protección debe ser brindada igualmente a sectores minoritarios de la población que no cuentan con la aprobación o el beneplácito del Estado o de la mayoría ni se expresan como ella.
Convocamos a la personería municipal, defensoría del pueblo y Procuraduría para que investiguen estos hechos que atentan contra la democracia y los Derechos Humanos, además se reitera que no son hechos aislados, pues, ya en el municipio se ha actuado de la misma manera bajo la administración del mismo alcalde en el periodo 2012-2015.
Las diferentes manifestaciones de participación que protege la Constitución, en atención al carácter expansivo de la democracia lejos de desconocer los conflictos sociales de las comunidades, lo dirige a partir del respeto, solidaridad y la constante reivindicación de la democracia y participación, que ha de ampliarse progresivamente de acuerdo a las dinámicas comunitarias.